domingo, 1 de junio de 2014

Obligan a edificios de más de cinco unidades a tener portero

Es una resolución de la AFIP publicada en el Boletín Oficial. Afecta a un 20% de los consorcios porteños que no tienen o prescindieron del encargado. Los consorcistas dicen que irán a la Justicia.


Los consorcistas están en pie de guerra: la AFIP reglamentó cuántos trabajadores debe tener un consorcio, en función de la cantidad de unidades que lo integran. Desde las cinco unidades es obligatorio tener un empleado encuadrado en el Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), un gremio aliado con el kirchnerismo. En las entidades que agrupan a los copropietarios afirman que se trata de una intromisión del Estado, porque debiera ser atribución del consorcio evaluar cuántos empleados necesita. Y advierten que la medida tendrá un fuerte impacto sobre las expensas, porque el 20% de los 35.000 consorcios porteños no tiene portero.

La resolución 3.634 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada el miércoles en el Boletín Oficial, fija Indicadores Mínimos de Trabajadores para los consorcios, en función de cuántas unidades tienen. Según la norma, estos indicadores permiten “determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social”.

Los consorcios de entre 5 y 15 unidades deben contar con un trabajador jornalizado, que cumpla 18 horas semanales. Los de 16 a 25 unidades, deben tener un trabajador, pero con 24 horas semanales. Los de entre 26 y 35, un trabajador de jornada completa con 45 horas semanales y los de entre 36 y 60 unidades, uno de jornada completa más otro de 24 horas semanales. Los de entre 61 y 100, deben contratar dos trabajadores con jornada completa; y a partir de las 101 unidades, dos trabajadores de jornada completa más otro con 24 horas semanales. La resolución también ordena que, si el consorcio tiene más de 21 cocheras, deberá contratar a un trabajador más de jornada completa. Y si el edificio tiene vigilancia, se adicionará otro empleado por turno con dicho servicio.

“Hay consorcios chicos en que los vecinos se turnan para limpiar o le pagan a una persona por hora y eso no se va a poder hacer más. Van a estar obligados a tener encargado. Esto va a afectar especialmente a un 20% de los consorcios que, sobre todo en el sur de la Ciudad, prescindieron del encargado con vivienda y alquilan la portería ”, evalúa Alicia Giménez, de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA).

“Es una resolución positiva para el sector, que ratifica la obligación que ya plantea el contrato colectivo de trabajo –explica Víctor Santa María, titular del SUTERH–.

Se elimina la tercerización. Un edificio debe tener al menos un trabajador en blanco, porque alguien tiene que sacar la basura o baldear la vereda. Y si lo hace un vecino, está cumpliendo un trabajo y según el contrato colectivo, ningún trabajo se presume gratuito ”.

Además, aclara Santa María, según el último acuerdo firmado en el Ministerio de Trabajo y ya homologado, además de un aumento salarial total del 29,6% para este año, se establece que si hay una departamento para el encargado, deben dárselo. Y si pagan por un encargado sin vivienda, deben dejarlo vacío, pero no pueden usarlo para otra cosa. “Los que lo alquilaban, no van a poder seguir haciéndolo”, aseguró.

Los administradores de consorcios relativizan: “La resolución de la AFIP afecta a los edificios chicos que no tienen personal o lo reemplazaron por otro servicio. Pero la generalidad ya está encuadrada en lo que ordena esta norma, que por eso no va a influir en las expensas”, dice Daniel Tocco, presidente de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI).

Los consorcistas se quejan. “La AFIP no puede determinar si un consorcio necesita un empleado o cuántos necesita –afirma Marcos Bergenfeld, de la Federación Argentina de Consorcios–. Además, no tiene por qué regular cuestiones de consorcios, que no son empresas ni generan ganancias. Esta resolución parece haber sido redactada por el sindicato de encargados. Y va a significar más aumentos en las expensas, porque son cada vez más los consorcios que eligen no tener portero pero ahora se verán obligados a contratarlo.

Vamos a ir a la Justicia y si es necesario, llegaremos a la Corte Suprema”.

“Esta es una intromisión inadecuada y abusiva, tanto por parte del SUTERH, como de la AFIP –coincide Alicia Giménez, de UCRA–. Obviamente estas obligaciones impuestas no nos permiten manejar las expensas, muy altas por cierto, y tratar de bajar los costos, tomando el personal que necesitamos, según nuestro criterio y disponibilidad de dinero”.

Fuente: Clarin

Link: http://www.clarin.com/ciudades/Obligan-edificios-unidades-tener-portero_0_1148285336.html

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domingo, 1 de junio de 2014

Obligan a edificios de más de cinco unidades a tener portero

Es una resolución de la AFIP publicada en el Boletín Oficial. Afecta a un 20% de los consorcios porteños que no tienen o prescindieron del encargado. Los consorcistas dicen que irán a la Justicia.


Los consorcistas están en pie de guerra: la AFIP reglamentó cuántos trabajadores debe tener un consorcio, en función de la cantidad de unidades que lo integran. Desde las cinco unidades es obligatorio tener un empleado encuadrado en el Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), un gremio aliado con el kirchnerismo. En las entidades que agrupan a los copropietarios afirman que se trata de una intromisión del Estado, porque debiera ser atribución del consorcio evaluar cuántos empleados necesita. Y advierten que la medida tendrá un fuerte impacto sobre las expensas, porque el 20% de los 35.000 consorcios porteños no tiene portero.

La resolución 3.634 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada el miércoles en el Boletín Oficial, fija Indicadores Mínimos de Trabajadores para los consorcios, en función de cuántas unidades tienen. Según la norma, estos indicadores permiten “determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social”.

Los consorcios de entre 5 y 15 unidades deben contar con un trabajador jornalizado, que cumpla 18 horas semanales. Los de 16 a 25 unidades, deben tener un trabajador, pero con 24 horas semanales. Los de entre 26 y 35, un trabajador de jornada completa con 45 horas semanales y los de entre 36 y 60 unidades, uno de jornada completa más otro de 24 horas semanales. Los de entre 61 y 100, deben contratar dos trabajadores con jornada completa; y a partir de las 101 unidades, dos trabajadores de jornada completa más otro con 24 horas semanales. La resolución también ordena que, si el consorcio tiene más de 21 cocheras, deberá contratar a un trabajador más de jornada completa. Y si el edificio tiene vigilancia, se adicionará otro empleado por turno con dicho servicio.

“Hay consorcios chicos en que los vecinos se turnan para limpiar o le pagan a una persona por hora y eso no se va a poder hacer más. Van a estar obligados a tener encargado. Esto va a afectar especialmente a un 20% de los consorcios que, sobre todo en el sur de la Ciudad, prescindieron del encargado con vivienda y alquilan la portería ”, evalúa Alicia Giménez, de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA).

“Es una resolución positiva para el sector, que ratifica la obligación que ya plantea el contrato colectivo de trabajo –explica Víctor Santa María, titular del SUTERH–.

Se elimina la tercerización. Un edificio debe tener al menos un trabajador en blanco, porque alguien tiene que sacar la basura o baldear la vereda. Y si lo hace un vecino, está cumpliendo un trabajo y según el contrato colectivo, ningún trabajo se presume gratuito ”.

Además, aclara Santa María, según el último acuerdo firmado en el Ministerio de Trabajo y ya homologado, además de un aumento salarial total del 29,6% para este año, se establece que si hay una departamento para el encargado, deben dárselo. Y si pagan por un encargado sin vivienda, deben dejarlo vacío, pero no pueden usarlo para otra cosa. “Los que lo alquilaban, no van a poder seguir haciéndolo”, aseguró.

Los administradores de consorcios relativizan: “La resolución de la AFIP afecta a los edificios chicos que no tienen personal o lo reemplazaron por otro servicio. Pero la generalidad ya está encuadrada en lo que ordena esta norma, que por eso no va a influir en las expensas”, dice Daniel Tocco, presidente de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI).

Los consorcistas se quejan. “La AFIP no puede determinar si un consorcio necesita un empleado o cuántos necesita –afirma Marcos Bergenfeld, de la Federación Argentina de Consorcios–. Además, no tiene por qué regular cuestiones de consorcios, que no son empresas ni generan ganancias. Esta resolución parece haber sido redactada por el sindicato de encargados. Y va a significar más aumentos en las expensas, porque son cada vez más los consorcios que eligen no tener portero pero ahora se verán obligados a contratarlo.

Vamos a ir a la Justicia y si es necesario, llegaremos a la Corte Suprema”.

“Esta es una intromisión inadecuada y abusiva, tanto por parte del SUTERH, como de la AFIP –coincide Alicia Giménez, de UCRA–. Obviamente estas obligaciones impuestas no nos permiten manejar las expensas, muy altas por cierto, y tratar de bajar los costos, tomando el personal que necesitamos, según nuestro criterio y disponibilidad de dinero”.

Fuente: Clarin

Link: http://www.clarin.com/ciudades/Obligan-edificios-unidades-tener-portero_0_1148285336.html

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